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Prisión preventiva por robo al transporte de carga es constitucional

Prisión preventiva por robo al transporte de carga es constitucional

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Luego de que 20 estados del país avalaran la reforma al artículo 19 de la Constitución para tipificar como delito grave el robo al transporte de carga y otras ocho conductas ilícitas, con lo que ameritarían prisión preventiva oficiosa, se ha declarado su constitucionalidad.

“El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformado el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prisión preventiva oficiosa. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales”, señaló el presidente de la Mesa Directiva, Porfirio Muñoz Ledo.

La Cámara de Diputados turnó la declaratoria al Senado para darle el mismo trámite y enviarla al Ejecutivo para que se publique en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor.

Además del robo al transporte, la reforma contempla como delito grave el abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, robo de hidrocarburos, desaparición forzada, así como portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército y la Marina.

Las legislaturas locales que avalaron los cambios son Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México.

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